Orizaba, Ver.- Desde amonestaciones verbales hasta multas que van de las 100 hasta las 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) o incluso una consignación jurídica más severa, son las sanciones a las que se pueden hacer acreedores quienes hagan uso indebido de pirotecnia en la ciudad, recordó el titular de la Coordinación de Protección Civil municipal en Orizaba, Samuel Valencia Argüelles.
Cuestionado sobre el tema ante la cercanía de las peregrinas que arriban al Santuario de la Concordia en esta ciudad por las festividades de la virgen de Guadalupe, recordó que desde 2013 en el municipio de Orizaba, se tiene prohibido la quema de fuegos pirotécnicos tal y como lo marca la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz.
Detalló que el manejo inadecuado de la pirotecnia tiene una sanción que marca la Ley Federal de Armas de fuego y exclusivos y la Ley de Protección Civil del Estado. “Aquí existe una regulación de carácter legal, publicada, a la que la gente se tiene que sujetar desde hace ya varios años, como para que se diga sorprendida, en ella se establece que quien genere algún riesgo hacia la población, puede ser susceptible de una sanción económico-administrativa y por una medición inadecuada de riesgos y afectaciones, el responsable podría ser acreedor a la consignación y a una sanción jurídica más amplia”.
Aclaró que aunque hasta la fecha únicamente se ha realizado un apercibimiento verbal, dicha multa la puede aplicar de acuerdo a lo que determine el área jurídica del Municipio, Protección Civil o el mismo Ayuntamiento.
Agregó que la Ley Federal de armas de fuego y explosivos, ampara cierto peso específico en relación con el producto que se puede transportar o almacenar, “tener una bolsita con cinco cuetitos blancos o quemar tres cuetitos blancos no amerita una sanción”.
Finalmente expuso que, para las peregrinaciones, PC de Orizaba emite comunicados a las coordinaciones y direcciones municipales de Protección Civil en ciudades de la periferia y también a las iglesias. “Hacemos del conocimiento al representante legal por la región y, si en cada iglesia o capilla no tienen representantes legales, por medio del área de Participación Ciudadana se pide que hagan la difusión correspondiente”.