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    Modifica SCJN aplicación en la Prisión Preventiva Oficiosa

    *No favorecerán al contrabando, defraudación fiscal simple, factureros y evasión fiscal organizada

    CDMX.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional por mayoría calificada la Prisión Preventiva Oficiosa en delitos fiscales, entre ellos se incluye a factureros, defraudadores fiscales y contrabandistas.

    Con nueve votos a favor y dos en contra (mayoría calificada) el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró el jueves la invalidez de la Prisión Preventiva Oficiosa por considerar que es incompatible con las garantías de presunción de inocencia y libertad individual contenidas en la Constitución. La invalidez incluye a los artículos 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional.

    De tal suerte que no se considerará a los delitos de contrabando, defraudación fiscal y las facturas falsas, como un ataque a la seguridad nacional.

    Dada la votación, ahora, las personas acusadas por estos delitos podrían recibir la figura de prisión preventiva, pero con carácter de justificada; es decir, cuando lo determine un juez.

    Una vez realizado el resumen de los votos, la ministra Yasmin Esquivel aclaró que la interpretación del artículo 19 constitucional, la cual proponía eliminar la prisión preventiva oficiosa solo obtuvo 6 votos, por lo que se aclara que ésta figura va a seguir vigente en los siguientes casos que se contempla en la ley. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó mantener sin cambios la aplicación de la prisión preventiva oficiosa.

    En un nuevo proyecto el ministro Luis María Aguilar planteba que la medida cautelar deje de aplicarse de manera automática al tratarse de delitos graves.

    Propuso que se entienda por ‘oficiosa’ que los jueces penales deban abrir un debate para evaluar el caso y determinar la prisión preventiva en caso de que otras medidas cautelares no se adecuen como garantes de la protección de la víctima, testigos o comunidad.

    El martes se llevó a cabo la primera sesión de la discusión en la que cinco ministros se pronunciaron.

    La ministra Yasmín Esquivel Mossa y los ministros Alberto Pérez Dayán y Jorge Pardo Rebolledo se manifestaron en contra, mientras que Luis María Aguilar y Juan Luis González Alcántara Carrancá se declararon a favor.

    Este jueves las ministras Margarita Ríos Farjat y Loretta Ortiz hicieron lo propio.

    El proyecto del ministro Luis María Aguilar necesitaba al menos ocho votos para ser aprobado, pero tan solo cinco ministros se dijeron a favor.

    Sin embargo, se determinó eliminar la prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando y defraudación fiscal simple, con nueve votos a favor.

    Igualmente, con ocho votos, para quienes incurran en evasión fiscal organizada y simulación de operaciones de facturas.

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